Esto puede tardar unos segundos mientras enviamos el correo.
Escriba el código de 6 dígitos enviado a su correo.
Su registro existe pero no está activo. Revise en su correo la bandeja de entrada (o spam) para el link de activación.
En el marco del Convenio Interinstitucional UIS–ARPRUIS, se contempla la participación de cuatro (4) grupos de profesionales de la Universidad Industrial de Santander y tres (3) clasificaciones de “invitados a término” quienes podrán hacer uso y disfrute de las instalaciones y servicios de la Sede Campestre Catay, junto con su grupo familiar primario.
1.2.1 Invitados a término definido: La categoría de invitados a término definido como los Profesionales administrativos, temporales y provisionales de la UIS, profesores en periodo de prueba, ocasionales y cátedra incluidos los tutores, que cobije el convenio ARPRUIS-UIS, en razón al uso y/o al disfrute de las instalaciones y servicios de la Sede Campestre Catay.
1.2.2 Invitados a términos Solteros: Se entiende como invitado a término soltero a aquellos pertenecientes a los grupos de profesionales de la universidad Industrial de Santander definidos anteriormente, que sean solteros y que no cuente con hijos, ni pareja permanente y que no sean viudos(as), separados(as), divorciados(as), etc. Los invitados a término que son solteros tienen derecho a ingresar dos invitados sin cancelar ingreso. Las personas que tengan hijos, siendo solteros no se tratarán como tal, ya que tienen beneficiarios, igual para los viudos(as), separados(as), divorciados(as), etc.
1.2.3 Estudiantes de posgrado: ARPRUIS permitirá el ingreso de estudiantes de posgrado de la Universidad (maestrías de investigación, doctorado y especialidades médico-quirúrgicas). El beneficio corresponde únicamente al ingreso del estudiante, quien podrá llevar hasta un (1) invitado que cancelará el valor correspondiente a la tarifa de ingreso. Estos estudiantes no serán considerados como invitados a término.
2.1 Grupo Familiar Primario: Para efectos del presente convenio, se entenderá como grupo familiar primario el cónyuge o compañero(a) permanente del funcionario, así como sus hijos biológicos o adoptivos legalmente reconocidos, menores de dieciocho (18) años, o hasta los veinticinco (25) años, siempre que acrediten encontrarse cursando estudios formales (identificados en el formulario como hijos menores). No se incluyen los hijos del cónyuge o compañero(a) permanente que no hayan sido legalmente adoptados por el funcionario, ni los hijastros u otros menores sin vínculo de filiación legalmente constituido.
2.2 Cargue de sus beneficiarios por parte de los Invitados a término: Para acceder a los beneficios del convenio, cada profesional deberá registrarse, junto con su grupo familiar primario, en el enlace dispuesto por la UIS, cargado previa y exclusivamente con los listados de los invitados a término reportados por la Universidad como activos en las fechas establecidas. Este registro permitirá el control de ingreso en la portería de Catay y garantizará la correcta aplicación del convenio. Cada Invitado a Término deberá registrarse, junto con su grupo familiar primario, en el enlace que disponga la UIS para este fin. Las actualizaciones realizadas de lunes a jueves en el link se verán registradas el sábado siguiente para así los beneficiarios puedan disfrutar de los beneficios de la sede, esto debido a la necesidad de validación de la información registrada de los beneficiarios registrados.
2.3 No cobro de beneficiarios: Este registro es obligatorio para el control de ingreso en la portería de Catay y para garantizar que el Invitado a término no deba pagar por el ingreso de su grupo familiar, siempre que estos se encuentren previa y debidamente inscritos conforme a los establecido como grupo familiar primario y validados de acuerdo con las fechas dispuestas.
Los invitados a término tienen la posibilidad de alquilar las cabañas de descanso y la zona de camping de la Sede Recreativa Catay, pagando el valor establecido y sujeto a disponibilidad, gestionada a traves del correo electrónico arpruis@uis.edu.co. Para el uso de estos espacios se aplicarán las condiciones y disposiciones definidas en el reglamento vigente de la Asociación.
Consulta los reglamentos completos en:
www.arpruis.com
En cumplimiento de la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013 y demás normas concordantes vigentes en Colombia, autorizo de manera libre, previa, expresa e informada a Boson Development SAS y ARPRUIS, en calidad de responsable del tratamiento, para recolectar, almacenar, usar, actualizar y gestionar mis datos personales suministrados a través de este formulario.
Estos datos serán utilizados exclusivamente para la administración, operación y gestión del convenio interinstitucional UIS – ARPRUIS 2026, incluyendo la validación de beneficiarios, comunicaciones relacionadas y el cumplimiento de obligaciones derivadas del mismo.
Como titular de la información, reconozco que tengo derecho a conocer, actualizar, rectificar y suprimir mis datos, así como a revocar esta autorización en cualquier momento, a través de los canales dispuestos por ARPRUIS al correo arpruis@uis.edu.co
Boson Development SAS y ARPRUIS se compromete a proteger la confidencialidad, integridad y seguridad de la información, actuando con responsabilidad y conforme a la normativa vigente.